Micelio
Auto21 de julio de 2022

A- de 2022

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Aliansalud Entidad Promotora De Salud Sa·Demandado Administradora De Los Recursos Del Sistema De Seguridad Social Adres Y Otros

Tema · dato duro
Conocimiento De Actos Sujetos Al Derecho Administrativo, Cuando Esté Involucrada Una Entidad Pública.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Conocimiento de actos sujetos al derecho administrativo, cuando esté involucrada una entidad pública
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Primero Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá, Sección Primera y el Juzgado Treinta y Uno Laboral del Circuito de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en el proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por Aliansalud EPS contra el Ministerio de Salud y Protección Social, la Supersalud, la ADRES y el Consorcio SAYP 2011.

El propósito de la demanda es declarar la nulidad de actos administrativos y comunicaciones que ordenaron el reintegro de unas sumas de dinero al FOSYGA, por supuesta apropiación de recursos sin justa causa.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte, en aplicación de la regla de decisión fijada por la Sala Plena en el Auto 1165 de 2021, determina que corresponde a la jurisdicción de lo contencioso-administrativa conocer del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra los actos emitidos por la Superintendencia Nacional de Salud en los que ordena a una EPS el reintegro de dineros al FOSYGA por supuestos pagos indebidos o injustificados del flujo de recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado Primero Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá, Sección Primera para que tramite el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, y comunique la presente decisión al otro operador jurídico involucrado y a los sujetos procesales dentro del asunto.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado
  2. Primero. Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá, Sección Primera, y el Juzgado Treinta y Uno Laboral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  3. Primero. Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá, Sección Primera es la autoridad competente para conocer de la acción presentada por Aliansalud EPS contra la Nación -Ministerio de Salud y Protección Social- y diferentes actos y comunicaciones emitidos por la Superintendencia Nacional de Salud, la ADRES y el Consorcio SAYP 2011.
  4. Segundo. REMITIR el expediente CJU-1319 al
  5. Primero. Administrativo de Oralidad del Circuito de Bogotá, Sección Primera para que tramite el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, y comunique la presente decisión al Juzgado Treinta y Uno Laboral del Circuito de la misma ciudad y a los sujetos procesales dentro del asunto con radicado número 110013105031220200025600.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.